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lunes, 15 de diciembre de 2014

España recaudaría 8.250 millones anuales equiparando la carga fiscal de las multinacionales a las pymes

10/12/2014 · 08:01 · Redacción Lexdiario.es     

El tipo efectivo de las multinacionales es el 5,3%
Los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) calculan que España 
recaudaría 8.250 millones de euros anuales si la carga fiscal de las 
multinacionales se equiparara a la de las pymes, que actualmente 
pagan de media un 16% sobre su resultado contable positivo, 
frente al escaso 5,3% de tipo efectivo de las compañías trasnacionales,
apenas un tercio de la tributación real de las pymes.
Gestha considera que esta propuesta complementa a la realizada
por el secretario general del PSOE, Pedro Sánchez, que ha exigido 
una “tasa Google” en España para gravar el 30% de los beneficios 
de las operaciones de “ingeniería fiscal transfronteriza”, una 
medida similar a la ya anunciada por el primer ministro británico, 
David Cameron, y que en Reino Unido apenas aportaría 250 millones 
de euros anuales, una cantidad insignificante en comparación con los 
beneficios multimillonarios de las grandes corporaciones.

Los Técnicos señalan que la propuesta del líder socialista solo sería 
efectiva si los países europeos aprobaran un tipo mínimo incondicional 
para el Impuesto de Sociedades, por debajo del cual no se podrían hacer 
rebajas para competir por la sede de las multinacionales extranjeras, 
una práctica que en la actualidad perjudica la recaudación tributaria de 
los países de la UE.

Por este motivo, mientras no se llega a un acuerdo comunitario para
implantar una base imponible común y un tipo impositivo mínimo, Gestha 
recomienda que se llegue a un término medio más práctico y efectivo como 
la equiparación del tipo impositivo efectivo entre multinacionales y pymes, 
ya que, para adoptar medidas como la propuesta por el PSOE, es necesario 
revisar la normativa fiscal para concretar cómo pueden tributar los beneficios
 que no quedan .reflejados .en la contabilidad de las compañías.


A día de hoy, las multinacionales y las compañías españolas con mayores 
ingresos y beneficios –aquellas que ingresan más de 45 millones de 
euros anuales– apenas suponen el 0,6% de todo el tejido empresarial, pero 
acaparan el 100% de las reducciones fiscales netas del resultado contable, 
unos 30.000 millones de euros, lo cual supone una pérdida de ingresos 
máxima para el Estado de unos 9.000 millones anuales, teniendo en 
cuenta que esta cifra solo se corresponde con los beneficios que estas 
compañías contabilizan en España.
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miércoles, 29 de octubre de 2014

Un estudio de la UE confirma la pérdida de miles de millones como consecuencia de la «brecha del IVA»

[fuente: lexdiario.es Thomson Reuters 24/10/2014 ] Según el último estudio sobre la brecha del IVA que acaba de publicar la Comisión, en el que se aportan datos pormenorizados sobre la diferencia entre el importe del IVA adeudado y el efectivamente recaudado en 26 Estados miembros en 2012, se perdieron unos 177.000 millones de euros en concepto de IVA defraudado o no recaudado, cifra que supone el16% del total de los ingresos por IVA previstos en los 26 Estados miembros.
El informe sobre la brecha del IVA Incluye asimismo cifras actualizadas para el periodo 2009-2011, que son el resultado de la aplicación de una metodología perfeccionada, y también expone las principales tendencias en la brecha del IVA, junto con un análisis del impacto que han tenido sobre los ingresos del IVA el clima económico actual y las decisiones políticas adoptadas.

Algirdas Šemeta, Comisario de Fiscalidad, ha declarado lo siguiente: «La brecha del IVA es básicamente un marcador de la efectividad, o de la falta de efectividad, de las medidas de aplicación y control del cumplimiento de las normas en materia de IVA en toda la Unión Europea. Las cifras que se presentan hoy demuestran que aún queda mucho por hacer. Los Estados miembros no pueden permitirse sufrir pérdidas de tal magnitud. Deben incrementar sus esfuerzos y tomar medidas contundentes a fin de recuperar este dinero público. La Comisión, por su parte, sigue centrada en una reforma fundamental del sistema de IVA para dotarlo de mayor solidez y eficacia y reducir su vulnerabilidad ante el fraude.».

En 2012, las cifras más bajas relacionadas con la brecha del IVA se registraron en los Países Bajos (con un 5 % de ingresos previstos y no recaudados), Finlandia (5 %) y Luxemburgo (6 %). La diferencia más llamativa se observó en Rumanía (con un 44 % de ingresos por IVA previstos y no recaudados), Eslovaquia (39 %) y Lituania (36 %). Once Estados miembros redujeron esta diferencia entre 2011 y 2012, mientras que en otros quince esta diferencia aumentó. Grecia fue el país que registró una mejora más sensible entre 2011 (9 100 millones EUR) y 2012 (6 600 millones EUR), si bien sigue siendo uno de los Estados miembros con una brecha del IVA elevada (33 %).

Brecha del IVA por estados miembros de la UE

¿Qué es la «brecha del IVA»?

Se denomina «brecha del IVA» a la diferencia entre los ingresos previstos en concepto de IVA y los efectivamente recaudados por las autoridades nacionales. Aunque resulta evidente que el incumplimiento es un factor que contribuye de forma significativa a este déficit de ingresos, la brecha del IVA no se debe exclusivamente al fraude. La no percepción de este impuesto se debe también, entre otras cosas, a las quiebras e insolvencias, los errores estadísticos, el retraso en los pagos y los mecanismos de elusión legales.

Antecedentes

La Comisión financia el estudio sobre la brecha del IVA en el marco de su labor para reformar el sistema del IVA en la Unión Europea y atajar el fraude y la evasión fiscales. La resolución del problema que supone la brecha del IVA exige abordarlo por varios flancos. En primer lugar, es fundamental adoptar una actitud más enérgica contra la evasión y reforzar el control del cumplimiento a nivel nacional. Como consecuencia de la reforma del IVA iniciada en diciembre de 2011, se han adoptado ya importantes instrumentos que garantizan una mayor protección contra el fraude del IVA. Por ejemplo, el Mecanismo de Reacción Rápida, adoptado en junio de 2013, permite a los Estados miembros reaccionar con mayor celeridad y eficacia a fin de atajar los casos repentinos de fraude del IVA a gran escala.

En segundo lugar, cuanto más sencillo sea el sistema, más se facilitará el cumplimiento de las normas a los contribuyentes. Así pues, la Comisión se ha centrado de forma deliberada en simplificar el sistema del IVA en beneficio de las empresas de la Unión en su conjunto. Por ejemplo, en 2013 entraron en vigor nuevas normas destinadas a facilitar la facturación electrónica y disposiciones especiales dirigidas a las pequeñas empresas, y, por otro lado, la declaración del IVA normalizada propuesta reducirá de forma significativa las cargas administrativas de las empresas transfronterizas. A partir del 1 de enero de 2015, entrará en vigor una ventanilla única para las empresas de servicios electrónicos y de telecomunicaciones. Con esta iniciativa, que entrañará una considerable simplificación de los regímenes del IVA en favor de esas empresas, permitiéndoles cumplimentar una única declaración del IVA para todas sus actividades en la Unión Europea, se fomentará un mayor cumplimiento de las normas (véase IP/12/17).

En tercer lugar, es preciso que los Estados miembros modernicen sus administraciones tributarias en lo que respecta a la recaudación del IVA a fin de reducir la brecha existente. Por ejemplo, un informe sobre los procedimientos de recaudación y control del IVA en los Estados miembros, en el contexto de los recursos propios de la UE, publicado en febrero de 2014, propone medidas al respecto (véase EXME 14/12.02).

Por último, los Estados miembros deben reformar sus sistemas fiscales de forma que se facilite el cumplimiento, se evite la evasión y la elusión y se mejore la eficiencia de la percepción de impuestos. La Comisión ha aportado unas orientaciones claras a este respecto mediante recomendaciones específicas por países.